Introducción de la deducción por inversiones medioambientales

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Mesuras Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modifica el Impuesto de Sociedades para el ejercicio 1997 y se introduce, por primera vez en nuestro ordenamiento fiscal, la Deducción por Inversiones Medioambientales.

Es una deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades que tiene por finalidad incentivar fiscalmente las inversiones objeto de las cuales sea proteger el medio ambiente.

Se aplica a las inversiones en:

  • Instalaciones nuevas o usadas destinadas a la protección del medio ambiente.
  • Vehículos industriales y comerciales de transporte por carretera nuevos.
  • Bienes de activo nuevos destinados al aprovechamiento de energías renovables.

El importe de la deducción hasta el 31/12/2006 era del 10 por ciento del precio de adquisición o coste de producción de la inversión realizada que contribuyen de manera efectiva a la reducción de la contaminación.

Con la reforma “polémica” del Impuesto de Sociedades, a partir de la publicación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de les Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, se establece, a la disposición final segunda, la progresiva eliminación, un 20 por ciento anual, de la deducción por inversiones medioambientales hasta desaparecer definitivamente el año 2011 y se modifica el porcentaje de deducción, en el caso de adquisición de nuevos vehículos industriales y comerciales de transporte por carretera, que sera del 12 por ciento.

Es decir, a partir del 1 de enero del 2011, las empresas que hagan un esfuerzo económico en inversiones para proteger y mejorar el medio ambiente no serán premiadas con la deducción y, por tanto, no habrá diferencias fiscales con respecto de aquellas que no hagan.

Según el preámbulo de la ley, se pretende lograr, entre otros, rebaja de tipos impositivos, simplificación del impuesto, mejora de la competitividad, … con eliminación de la mayor parte de las deducciones como la de Inversiones Medioambientales, ¿nos estamos dirigiendo a la consecución de los objetivos inicialmente planteados?

  • ¿¿¿ Rebaja de tipos impositivos ??? Si que se rebajan los tipos pero se compensa con la eliminación de la mayoría de las deducciones. En términos absolutos habrá muchas empresas que estarán afectadas negativamente.
  • ¿¿¿ Simplificación del impuesto ??? Aplicar un porcentaje y hacer una resta (que es lo que se hace para aplicar una deducción) simplifica?
  • ¿¿¿ Mejora de la competitividad ??? Las deducciones rebajan la factura de hacienda, por tanto, benefician el cash-flow operativo y la liquidez de la empresa, proporcionando una mayor rentabilidad financiera que deriva en una mejora de la competitividad de la empresa, pero se han eliminado y además no se ha implantado ninguna alternativa vía ayudas públicas o subvenciones para suplir las carencias que puede ocasionar.

Terminando, la eliminación de la deducción por inversiones medioambientales, junto con la disminución de las subvenciones a fondo perdido para inversiones dirigidas a la reducción de la contaminación, provocará que a partir del año 2011 el único incentivo para  invertir en mejora ambiental sea de tipos coactivo, esto si, si tenemos en cuenta únicamente los aspectos fiscales, resulta conveniente avanzar la realización de estas inversiones con el objetivo de disfrutar en la mayor medida de este incentivo fiscal.