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COVID-19: Medidas adicionales sociales y económicas

Seguimos digiriendo la vorágine legislativa, para intentar mitigar las consecuencias de la crisis generada por la situación de pandemia en la que estamos inmersos. También siendo muy críticos en cuanto a que las medidas son solo superficiales, desordenadas y llegan tarde. El siguiente texto, casi 60 páginas para decir algo que cabe en 10 y que se hubiese podido aprobar desde el primer día, con lo que muchos pequeños autónomos hubieran podido dormir más tranquilos durante las últimas semanas. Sigue leyendo

Medidas urgentes Generalitat de Catalunya: COVID-19

Esta situación tan delicada, ha cogido a todos por sorpresa, y es por esto que la  Generalitat de Catalunya también ha adoptado una serie de actuaciones a toda prisa (Decret 7/2020, de 17 de marzo) a fin de paliar, de alguna forma, las consecuencias de esta pandemia, también las económicas. Entre muchas otras, las que pueden ser de su interés son principalmente dos: Sigue leyendo

Medidas urgentes Laborales: COVID-19

El Gobierno aprobó el miércoles, y ayer 18 de marzo de 2020 se publicó en el B.O.E., el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, con una vigencia inicial de un mes y dejando abierta la posibilidad que, previa evaluación de la situación, se pueda prorrogar su duración mediante un  nuevo Real Decreto-Ley. Sigue leyendo

Inspección de Trabajo ha iniciado actuaciones de comprobación del Registro de Jornada

El registro de jornada, en vigor desde mayo de 2019, se implantó con la finalidad de controlar las horas extra que se hacían en las empresas. La norma, no obstante, no especificó cómo debía hacerse dicho seguimiento, dando un amplio margen a las compañías a la hora de escoger el sistema de control más conveniente. Sigue leyendo

DIETAS: Gastos de Locomoción, Manutención y Estancia

Tenemos que seguir insistiendo que, últimamente las actuaciones tanto de la Inspección de Hacienda como de Trabajo, se están centrando en el control sobre este tipo de partidas de gasto. El motivo no es otro que si respetan una serie de requisitos muy estrictos, tanto formales como cuantitativos, quedan exonerados de gravamen en el I.R.P.F. y de cotización a la Seguridad Social. Sigue leyendo