Programa de Empleo para 2004

Una vez más la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, administrativas y de orden social contempla un Programa de Empleo 2004 para facilitar y fomentar la contratación indefinida de colectivos concretos, aplicando las siguientes bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes:

  1. Mujeres desempleadas entre 16 y 45 años: 25% durante 24 meses.
  2. Mujeres desempleadas para servicios en profesiones de menor índice de empleo femenino: inscritas mas de 6 meses o bien sean mayores de 45 años será un 70% el primer año y 60% el segundo. Si no cumple ningún requisito será el 35% durante 24 meses.
  3. Desempleados inscritos durante un  período mínimo de 6 meses: 20% durante los 24 meses.
  4. Desempleados mayores de 45 años y hasta 55: 50% el primer año y 45% el resto de vigencia de contrato.
  5. Desempleados mayores de 55 años y hasta 65: 55% el primer año y 50% el resto de vigencia de contrato.
  6. Desempleados preceptores del subsidio por desempleo de Régimen especial agrario: 90% el primer año y 85% el segundo año.
  7. Desempleados del programa de renta activa de inserción: 65% durante los 24 meses.
  8. Mujeres desempleadas contratadas los 24 meses posteriores al parto: 100% durante 12 meses.
  9. Los trabajadores del RETA o autónomos, dados de alta al menos desde el 1 de enero de 2003, que contraten indefinidamente a desempleados incluidos en los colectivos anteriores dará lugar a las bonificaciones correspondientes más cinco puntos.
  10. Incorporación a cooperativas o sociedades laborales de socios trabajadores, indefinidos y encuadrados en un régimen por cuenta ajena de Seguridad Social que se produzca hasta el 31 de diciembre de 2004 darán derecho a las bonificaciones del colectivo correspondiente.
  11. Empresas y entidades que contraten indefinidamente a trabajadores desempleados en situación de exclusión social: 65% durante 24 meses.
  12. Empleadores que contraten a personas que tengan acreditada por la Administración la condición de víctima de violencia doméstica: 65% durante 24 meses.
  13. Las transformaciones en indefinidos que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2004, de los contratos temporales celebrados con anterioridad al 1 de enero de 2004, así como contratos formativos, de relevo y sustitución por edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, darán lugar a la bonificación del 25% durante 24 meses.
  14. Los contratos de carácter indefinido con trabajadores mayores de 60 años y una antigüedad en la empresa de 5 o más años, darán lugar a las bonificaciones del 50% los que reúnan los requisitos por primera vez en 2004, el 60% los del 2003 y 70% los del 2002. Dichos porcentajes se incrementarán en un 10% en cada ejercicio hasta alcanzar un máximo del 100%.