Nuevo Reglamento de Extranjería

El informe de diciembre lo vamos a dedicar a un tema que ha sido actualidad durante todo el año 2004, como es EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA.

El pasado mes de septiembre, el Gobierno hizo público el borrador del Reglamento de Extranjería que contiene la propuesta de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Este borrador no tiene valor de norma jurídica, ya que para ponerse en práctica debe ser aprobado por las Cortes.

Con este nuevo reglamento se pretende simplificar los trámites de permisos y visados y por otro lado abre un proceso de normalización especial de tres meses destinado a los trabajadores irregulares que ya están en España.

Este proceso de normalización consiste en lo siguiente:

  1. Sólo el empresario o empleador podrá iniciar el proceso de documentación de su trabajador extranjero, el único caso en que el trabajador extranjero podrá solicitar su autorización para trabajar es en el servicio doméstico.
  2. Podrá acogerse a este proceso quien lleve 6 meses empadronado antes de la entrada en vigor del Reglamento y carezca de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen.
  3. Por norma general se requiere un contrato de trabajo de seis meses. Sin embargo existen excepciones: En el sector agrario, el contrato podrá ser de tres meses, en la hostelería y la construcción se permitirá un contrato discontinuo de seis meses en un periodo de un año, y en el servicio doméstico, se permitirán varios contratos con diferentes hogares que sumen seis meses y al menos 30 horas semanales.
  4. Antes de entregar la autorización de trabajo y residencia para un año, la administración comprobará que el empresario da de alta al trabajador en la Seguridad Social, para ello dispondrá de un mes desde la concesión de la autorización provisional.
  5. Siguiendo el punto anterior, una vez concedida la autorización condicionada, si el empresario da de alta al trabajador en la Seguridad Social la autorización para trabajador entrará en vigor, teniendo el trabajador extranjero un plazo de un mes para solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.

Estos apartados solo forman parte del contenido de un borrador que no tiene aplicación por el momento, así que tendremos que esperar al año que viene a que sea aprobado y podamos ponerlo en práctica.