El pasado mes de junio fue aprobada la esperada Reforma Laboral, que fue anunciado en todos los medios de comunicación. A continuación, paso a detallar brevemente el contenido de la reforma que puede ser de su interés:
1.- Contratación:
- Los contratos de obra y servicio a partir de ahora no podrán tener una duración superior a 3 años ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo.
- Incremento de la indemnización por finalización de los contratos de trabajo temporales (contratos de obra o de duración determinada): se irá incrementando paulatinamente hasta el año 2015 que será de 12 días por año de servicio (hasta 31/12/2011 continua siendo de 8 días por año de servicio).
- Contrato para el fomento de la contratación indefinida: se amplían los colectivos que pueden acogerse a este contrato que cuenta con una indemnización de 33 días por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades, en caso de despido objetivo declarado o reconocido improcedente.
- Contrato de prácticas: se amplía el plazo de contratación hasta los 5 años siguientes a la terminación de los estudios.
- Contrato para la formación: se pasa a cotizar por desempleo.
2.- Bonificaciones:
- En los contratos para la formación: 100% de las cuotas empresariales y de los trabajadores a la Seguridad Social.
- En contratación indefinida: se reducen los colectivos que tienen derecho a bonificación y la duración de la misma y aumentan los requisitos a cumplir (trabajadores desempleados entre 16 y 30 años y mayores de 45 años, ambos colectivos desempleados al menos 12 meses, y transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación).
Por último, se introducen una serie de pequeñas modificaciones y matizaciones en los ámbitos de despido colectivo, despido objetivo, modificación sustancial de condiciones de trabajo, movilidad geográfica, expedientes de regulación de suspensión de contrato o reducción de jornada y Fondo de Garantía Salarial.