Aumento del Salario Mínimo Interprofesional

Aprobado por el RD Ley 3/2004, de 25 de junio, y apoyado por unanimidad” por el Pleno del Congreso de los Diputados, des de el 1 de julio de 2004 el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) presenta un  aumento del 6,6%, quedando en 490, 80 € mensuales. Esta medida tendrá unos efectos sociales positivos y permitirá una recuperación del poder adquisitivo de muchos trabajadores. Las prestaciones de paro se desvinculan del SMI  y quedan sometidas al nuevo Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), determinado en los Presupuestos Generales del Estado, que del 1 de julio a 31 de diciembre será de 460, 50 €. Pero hay unas modificaciones de la Ley General de Seguridad Social referente a la prestación de paro y el subsidio (aumentan los el porcentajes):

  • Prestación de paro: la cuantía máxima será del 175% del IPREM, sin hijos a cargo, y si tiene uno o más, del 200% o del 225%. La cuantía mínima será del 107% o del 80%, según si el trabajador tiene o no hijos a su cargo.
  • Subsidio de paro: será del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento.
  • Subsidio especial para mayores de 45 años: será del 80% del IPREM con un familiar a cargo, del 107% con dos familiares a su cargo y del 133% con tres o más familiares.