Programa de Fomento de Empleo para 2005

Como cada año les facilitamos el “Programa de Fomento de Empleo para el 2005” referente a las bonificaciones en la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes:

  1. Mujeres desempleadas entre 16 y 45 años: 25% durante 24 meses.
  2. Mujeres desempleadas para servicios en profesiones de menor índice de empleo femenino: inscritas mas de 6 meses o bien sean mayores de 45 años será un 70% el primer año y 60% el segundo. Si no cumple ningún requisito será el 35% durante 24 meses.
  3. Desempleados inscritos durante un  período mínimo de 6 meses: 20% durante los 24 meses.
  4. Desempleados mayores de 45 años y hasta 55: 50% el primer año y 45% el resto de vigencia de contrato.
  5. Desempleados mayores de 55 años y hasta 65: 55% el primer año y 50% el resto de vigencia de contrato.
  6. Desempleados preceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, a los que reste un año o más de percepción: 50% el primer año y 45% el segundo año.
  7. Desempleados perceptores del subsidio de desempleo en trabajadores del Régimen especial agrario así como los de renta agraria: 90% el primer año y 85% el segundo
  8. Desempleados del programa de renta activa de inserción: 65% durante los 24 meses.
  9. Mujeres desempleadas contratadas los 24 meses posteriores al parto: 100% durante 12 meses.
  10. Los trabajadores del RETA o autónomos, dados de alta al menos desde el 1 de enero de 2004, que contraten indefinidamente a desempleados incluidos en los colectivos anteriores dará lugar a las bonificaciones correspondientes más cinco puntos.
  11. Incorporación a cooperativas o sociedades laborales de socios trabajadores, indefinidos y encuadrados en un régimen por cuenta ajena de Seguridad Social que se produzca hasta el 31 de diciembre de 2005 darán derecho a las bonificaciones del colectivo correspondiente.
  12. Empresas y entidades que contraten indefinidamente a trabajadores desempleados en situación de exclusión social: 65% durante 24 meses.
  13. Empleadores que contraten a personas que tengan acreditada por la Administración la condición de víctima de violencia doméstica: 65% durante 24 meses.
  14. Las transformaciones en indefinidos que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2005, de los contratos temporales celebrados con anterioridad al 1 de enero de 2005, así como contratos formativos, de relevo y sustitución por edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, darán lugar a la bonificación del 25% durante 24 meses.
  15. Los contratos de carácter indefinido con trabajadores mayores de 60 años y una antigüedad en la empresa de 5 o más años, darán lugar a las bonificaciones del 50% los que reúnan los requisitos por primera vez en 2005, el 60% los del 2004, 70% los del 2003 y 80% los del 2002.