Cambios declaraciones IRPF y IP: Campaña 2005

Durante los meses de mayo y junio se están presentando las declaraciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Patrimonio. Tenemos que indicar que este año, pocos cambios hay en estas declaraciones, todo y que se anuncian muchos cara al nuevo año.

Por lo que respecto a las variaciones de la actual campaña, cabe destacar las siguiente:

  • Exención de todas las Becas públicas y de entidades sin ánimo de lucro para cualquier nivel de sistema educativo (antes se limitaban a la licenciatura), así como las ayudas a la investigación.
  • Exención de las prestaciones públicas y ayudas autonómicas o de entidades locales por nacimiento de hijos, parte múltiple, adopciones, hijos a cargo y acogida de menores no minusválidos.
  • Recordar que ya quedaron exentas las prestaciones de la seguridad social por orfandad el año anterior.
  • Se regula muy favorablemente el tratamiento de las rentas generadas o las deducciones provocadas por la aportación de bienes a patrimonios de personas con discapacidad. 
  • Hay nuevas deducciones autonómicas, que en el caso de Cataluña se centran en 150 Euros para el contribuyente que se queda viudo (el año que se queda y los dos siguientes). Se podrá aplicar a aquellos que están en esta situación desde el año 2002. La deducción será de 300 Euros si el contribuyente tiene a su cargo descendientes con derecho a deducción.
  • En otras comunidades autónomas las deducciones nuevas son muy variadas, así como curiosas. Comunidad Valenciana por donaciones al fomento de la lengua valenciana; en La Rioja por la compra de ordenadores personales fuera de la actividad empresarial; Extremadura para adquirir viviendas las víctimas del terrorismo; …

Pero sin ninguna duda, la modificación principal es muy sutil, pero de una importancia tremenda en control de rentas no declaradas: se obliga a todos, a especificar cual es su domicilio habitual, por que concepto legal lo disfruto y la referencia catastral del mismo. Con esto se pretende detectar las siguientes bolsas de fraude:

  • Alquileres no declarados por el propietario de la vivienda: ojo ya que es básicamente detrás de lo que va Hacienda, que podrá cruzar las rentas del propietario y del inquilino a través de la Referencia Catastral.
  • Viviendas cedidas para su uso a familiares, que no se declaran por parte del propietario.
  • Deducciones mal aplicadas por vivienda habitual a quien no es pleno propietario  de la vivienda (por ejemplo si el usufructo es de otro familiar).
  • Retribuciones en especie de empresas que cedan el uso de las viviendas a sus empleados.

Ojo con este punto a la hora de hacer la declaración, porque será motivo de requerimientos masivos y liquidaciones “paralelas por Rendimientos de capital inmobiliario” no declarados.

A parte de esto, cabe recordar que las típicas deducciones por adquisición de vivienda habitual y por aportaciones a Planes de Pensiones están aún vigentes, todo y que muy cuestionadas desde el Ministerio, quien afirma que tienen los días contados, por lo menos como las conocemos ahora, estaría bien aprovecharlas al máximo mientras duren.

Como recomendación final, y cara a una posible reforma en profundidad del actual impuesto,  hace falta que todo el mundo se piense muy bien y haga números, de en que momento le interesa vender parte de su patrimonio personal, en caso que esté ya en trámite de hacerlo, ya que la tributación puede variar muchísimo el próximo año y no a mejor.