Mediante la Circular 3-003 de 11 de marzo de 2005 de la Tesorería General de la Seguridad Social se dictan una seria de normas sobre Cotización y Recaudación para el año 2005:
- Conceptos incluidos en la base de Cotización serán las retribuciones en especie cuando se den por norma, convenio colectivo o contrato de trabajo y también por fines particulares:
- Vivienda: del 5% al 10% del valor catastral con el límite del 10%
- Vehículo: si es de entrega (coste de adquisición + tributos), si es de uso (20% anual coste adquisición o valor mercado vehículo nuevo) i si es de uso y posterior entrega (valor de mercado del uso anterior)
- Préstamos: la diferencia hasta el tipo legal del dinero.
- Manutención, viajes turísticos y similares: coste del empresario + tributos
- Primas de contratos de seguros, excepto de AT y Responsabilidad Civil: coste + tributos
- Contribuciones a Planes de Pensiones: Importe satisfecho por los promotores
- Gastos de estudios y manutención excepto los de trabajo: coste + tributos
- Derechos especiales (% sobre beneficio sociedad): Mínimo 35% valor equivalente del capital social que permite la misma participación en beneficios)
- Otros: plaza de garaje (valor en el mercado si es propiedad o coste si es alquilada), bolsa de Navidad, juegos, etc…
- Conceptos excluidos de la base de cotización:
- Gastos de estancia (importe) y manutención: pernocta (52,29 €/diarios), no pernocta (26,14€/diarios) al país.
- Gastos de locomoción: factura o 0,17€/Km
- Plus de transporte urbano y de distancia: hasta 20% de l’IPREM
- Desgaste de herramientas, ropa de trabajo..: hasta 20% de l’IPREM
- Indemnizaciones por muerte, traslados, suspensiones, despidos y ceses: Importe
- Retribución en especie dada voluntariamente (vivienda, vehículo, préstamos, manutención, viajes turísticos, primas de contratos de seguros, contribuciones a Planes de Pensiones, gastos de estudios y manutención, derechos especiales y otros: hasta el 20% de l’IPREM
- Percepciones por matrimonio: Importe
- Prestaciones Seguridad Social y mejoras: Importe
- Asignaciones asistenciales: Estudios exigidos por el trabajo (importe), Productos rebajados (7,81€/día), Utilización de bienes destinados a servicios sociales y culturales del personal (Importe), Acciones de la empresa a precio inferior o gratuito (12.000€/anuales), Primas de seguros (Importe), Primas de contrato de seguros por enfermedad común (500€/por persona y año).