La Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece en el artículo 21.6 que desaparecen los LOS LIBROS DE VISITAS FÍSICOS. Sigue leyendo
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Denegación, anulación o suspensión del derecho al subsidio I.T.
La Ley General de Seguridad Social declara en su artículo 132 que el derecho al subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido en varios supuestos: Sigue leyendo
Cotizar por las vacaciones
Según el Estatuto de los Trabajadores, la retribución de las vacaciones anuales será la que se haya pactado en Convenio Colectivo o contrato de trabajo. Así, para saber cuáles son los conceptos que integran la retribución de vacaciones nos deberemos dirigir al Convenio Colectivo de aplicación. Sigue leyendo
Cambio del Libro de Visitas
Según Resolución de 11 de abril de 2006, de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hay un nuevo cambio del LIBRO DE VISITAS, ya que por fin se incluirá la figura del Técnico Habilitado (para temas de Prevención), además del Inspector y Subinspector de Trabajo. Sigue leyendo
Normas de cotización y recaudación año 2005
Mediante la Circular 3-003 de 11 de marzo de 2005 de la Tesorería General de la Seguridad Social se dictan una seria de normas sobre Cotización y Recaudación para el año 2005: Sigue leyendo
05/2005 Prevención de riesgos laborales
Una vez más, nos reiteramos en este “importante” tema de la PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, ya que la actuación de Inspección de Trabajo es, en cada momento, más exigente y precisa dentro del marco legal. Y por tanto, es bueno recordar la conocida Obligatoriedad, de cualquier empresa, de tener un Servicio de Prevención propio o ajeno (asumido por el empresario o por una entidad externa) como claramente se expone en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, sobre Prevención de Riesgos. Sigue leyendo
Prevención de Riesgos Laborales: Inspección de Trabajo
Una vez más, nos reiteramos en este “importante” tema de la PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, ya que la actuación de Inspección de Trabajo es, a cada momento, más exigente y precisa dentro del marco legal. Y por tanto, es bueno recordar la conocida Obligatoriedad, de cualquier empresa, de tener un Servicio de Prevención propio o ajeno (asumido por el empresario o por una entidad externa) como claramente se expone en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y el Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, sobre Prevención de Riesgos. Sigue leyendo