Ley Presupuestos del Estado para 2006

Estamos viviendo un período de “paz fiscal”, por lo menos en cuanto a modificaciones normativas en tema impositivo. La única importante que cabe destacar en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2.006 es la rebaja en el tipo impositivo de I.V.A. (del 16 % al 7 %), para los servicios de radiodifusión y televisión digital (por ejemplo: Canal + Digital), tema que nadie dejaría de calificar como muy importante en la economía de un país (…).

A parte de ello, se puede mencionar, pequeñas modificaciones o normas que sí representan mantener la tributación real (al ajustarla, aunque parcialmente, a la evolución de los precios), o a rebajarla al no actualizar las bases de tributación a esta evolución:

  1. En el primer caso nos encontraríamos con la deflactación de las escalas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o la actualización de los coeficientes de corrección monetaria, utilizados en el cálculo de determinadas ganancias patrimoniales y transmisiones de inmuebles.
  2. En el segundo caso con el mantenimiento de los parámetros en el Régimen de Estimación Objetiva por Módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el Régimen Simplificado de I.V.A. (al céntimo).

Como se ve, la imaginación de Hacienda da para poca cosa más.

Eso sí, se anuncian fuertes cambios para el segundo semestre, con la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, que va a remover los cimientos de este país, nunca mejor dicho, puesto que en especial va dirigida al sector inmobiliario, con medidas como:

  • Establecer una Retención obligatoria para aquellas empresas que adquieran servicios o bienes a pequeños profesionales acogidos al sistema de tributación por “módulos”.
  • Incorporación para el cálculo de límites de inclusión en este régimen de las cifras de negocio realizadas por el cónyuge, descendientes y ascendientes, y entidades en atribución de rentas, si las actividades son similares.
  • Especificar los medios de pago en las escrituras de compra de inmuebles.
  • Responsabilidad de notarios ante sistemas de blanqueo de capitales,
  • Incorporación de la Referencia Catastral en la mayor parte de documentos públicos y judiciales, cuando tengan que ver con inmuebles.

A parte de ello, durante este año, seguramente, veremos aprobar la tan anunciada nueva Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ya en tramitación parlamentaria, y modificaciones del Impuesto sobre Sociedades (básicamente en cuanto a tipos de tributación). Que no va a suponer ni una décima parte de los grandes cambios anunciados.