Nos place comunicarle que se ha publicado el calendario oficial de las fiestas laborales para el año 2007 mediante Orden TRI/392/2006, de 20 de julio:
Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2007 las siguientes:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Reyes)
- 6 de abril (Viernes Santo)
- 9 de abril (Lunes de Pascua Florida)
- 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
- 15 de agosto (La Asunción)
- 11 de septiembre (Diada Nacional de Catalunya)
- 12 de octubre (Fiesta de la Hispanidad)
- 1 de noviembre (Todos los Santos)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución)
- 8 de diciembre (La Inmaculada)
- 25 de diciembre (Navidad)
- 26 de diciembre (San Esteban)
De las trece fiestas mencionadas, el día 6 de enero (reyes) tendrá el carácter de recuperable. las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
Además de las mencionadas, serán fijadas mediante una orden del consejero dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables, a propuesta de los municipios respectivos.
El calendario laboral anual tendrá efectos como calendario de días inhábiles por lo que afecta al cómputo de plazos administrativos en Cataluña.