Más modificaciones en las obligaciones formales

El pasado 27 de noviembre entró en vigor el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen importantes modificaciones en materia de obligaciones tributarias formales y en las notificaciones electrónicas obligatorias:

  1. “Declaración anual operaciones con terceras personas” (MOD.347):
    • Se presentará una única declaración anual como hasta ahora pero la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente.
    • El plazo de presentación de la declaración se anticipa al mes de febrero, si bien de forma transitoria el modelo 347 correspondiente al 2011 se presentará durante el mes de marzo de 2012.
    • Se exonera de la obligación de declarar a quienes están obligados a la presentación del modelo 340.
    • Recordatorio: las operaciones se continuarán declarando en el modelo 347 siempre y cuando superen anualmente el importe de 3.005,06 €.
  2. “Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro” (MOD.340): En coherencia a la exoneración anterior: se deberán declarar en el modelo 340 determinadas operaciones que antes se debían incluir como excepción en la declaración de operaciones con terceras personas (operaciones de arrendamientos de local de negocio, subvenciones, importes superiores a 6.000 € que se hubieran percibido en metálico de la misma persona o entidad por las operaciones realizadas durante el año natural, importe percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA,…).
  3. “Notificaciones Electrónicas Obligatorias”: Los obligados tributarios incluidos en el sistema podrán señalar determinados “días de cortesía” (máximo 30 días naturales al año) en los que la Agencia Tributaria no podrá poner a su disposición notificaciones electrónicas, aunque si podrá hacerlo por los medios tradicionales.
    • Importante: no se descuentan del cómputo de los plazos si ya se ha puesto la notificación el en buzón electrónico. Estas modificaciones serán de aplicación, por primera vez, para el modelo 347 correspondiente al ejercicio 2011 y para el modelo 340 correspondiente al primer período de declaración del 2012. En lo que respecta a las Notificaciones Electrónicas Obligatorias, esta pendiente de disposición en Orden ministerial.