Prórroga de los Presupuestos del Estado para 2012

El pasado 31 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 20/2011. Esta norma se promulga para suplir la Ley de Presupuestos, que no se ha aprobado al prorrogarse los de 2011, y para intentar corregir la deriva de nuestro déficit público.

Las medidas tributarias, que conllevan una mayor presión fiscal, afectan esencialmente al I.R.P.F., al I.B.I., y a los Impuestos Especiales, el resto de medidas son, en general de carácter incentivador, y afectan al Impuesto sobre Sociedades y al I.V.A.

También se ha modificado la Ley General Tributaria, con la intención de adecuarla a la Directiva 2010/24 de la UE, en materia de asistencia mutua para el cobro de créditos.

Los puntos a destacar para cada uno de los principales impuestos son:

 En I.R.P.F.:

    • lo que llama la atención en mayor medida es que, para los ejercicios 2012 y 2013, se establece una tarifa complementaria a la estatal de la base liquidable general con 7 tramos y tipos que van del 0,75% al 7% y una complementaria a la del ahorro con 3 tramos y tipos que van del 2% al 6%, todo ello con el reflejo correspondiente en las retenciones. No se trata de una nueva escala, sino de una complementaria a la establecida por la Ley del I.R.P.F., que tiene carácter excepcional y temporal, para los años 2012 y 2013. Son medidas que exigirán un importante esfuerzo a los ciudadanos, que deberán soportar tipos marginales máximos que excederán del 50 por ciento en la mayor parte de las Comunidades Autónomas, pudiendo llegar en alguna, como en Catalunya, al 56 por ciento, porcentaje que había desaparecido hace 20 años.
    • Por otra parte, se restablece la deducción por adquisición de vivienda en los términos vigentes en 2010, esto es, sin limitarla por la renta del contribuyente.   

En el IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES: 

  • lo más destacable es la prórroga a 2012 del tipo reducido para micro-pymes que mantienen o creen empleo.
  • Se mantiene el tratamiento fiscal otorgado en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF a los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
  • El porcentaje general de retención en el Impuesto sobre Sociedades se eleva del 19% al 21%, como ya les informamos a principios de mes, aplicable desde el 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre de 2013.

En I.V.A.: se prorroga a todo 2012 el tipo del 4% para las entregas de viviendas.

En I.B.I.: Por último, para paliar la situación financiera de las Corporaciones Locales, y que no se ponga en peligro esa parte del control del déficit, se establece también con carácter transitorio, para 2012 y 2013, el incremento del tipo impositivo para los inmuebles con un valor catastral superior a la media, con diferentes porcentajes de aumento en función de la fecha de las actualizaciones de valores realizadas por los distintos Ayuntamientos.