Le adjuntamos el Calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2018, aprobado autonómicamente mediante la Orden TSF/101/2017, de 25 de mayo, publicado el 31 de mayo de 2017 y, posteriormente, incluido en la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018.
Así, según el artículo 1 de la Orden TSF/101/2017 y el Anexo I de la Resolución, antes mencionadas, serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2018 las siguientes:
1 de enero (Fin de Año).
6 de enero (Reyes).
30 de marzo (Viernes Santo).
2 de abril (Lunes de Pascua Florida).
1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
15 de agosto (la Asunción).
11 de septiembre (Fiesta Nacional de Cataluña).
12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
1 de noviembre (Todos los Santos).
6 de diciembre (Día de la Constitución).
8 de diciembre (la Inmaculada).
25 de diciembre (Navidad).
26 de diciembre (San Esteban).
De las trece fiestas mencionadas en el apartado anterior, habrá una, a elegir entre el 2 de abril (Lunes de Pascua Florida) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
Además de las mencionadas fiestas, serán fijadas mediante una orden del Departamento de Empresa y Conocimiento dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables, a propuesta de los Ayuntamientos.
Y, para finalizar, les recordamos que el calendario laboral anual tendrá efectos como calendario de días inhábiles en cuanto al cómputo de plazos administrativos en Cataluña.