¿Realiza usted ventas a turistas con residencia fuera de la Unión Europea?

Si usted realiza ventas de productos a turistas, con residencia fuera de la Unión Europea, seguramente ya habrá oído hablar alguna vez del Régimen de viajeros, también conocido como el TAX FREE. Esto es que, los clientes de su establecimiento que efectúen compras de bienes que salgan efectivamente fuera del territorio de la Unión Europea, podrán solicitar la devolución del IVA soportado (español) en su factura.

Por lo tanto, quedan excluidos de esta devolución: la recepción de servicios (alojamiento, restauración, etc.) y los bienes adquiridos que sean consumidos parcialmente en España o en algún país miembro de la Unión Europea.

Pues bien, le informamos que, a partir del 01/01/2019, cuando el comprador lo solicite, todos los vendedores de dichos productos estarán obligados a comunicar electrónicamente la factura emitida a la Agencia Tributaria.

Agregado a esto, el pasado 05/07/2018 se eliminó la referencia al valor mínimo para aplicar el Régimen de viajeros. Es decir, cualquier turista con residencia fuera de la UE, puede solicitar el retorno del IVA de todas las facturas de productos que puedan beneficiarse de la devolución (independientemente de su importe).

Desde nuestro punto de vista, creemos que las modificaciones introducidas ocasionarán que se incrementen sustancialmente los costes administrativos, tanto en la gestión de las comunicaciones electrónicas como en la tramitación de las mismas por facturas con importes insignificantes.

No lo dude, en el caso de que se encuentre en esta situación, póngase en contacto con nosotros para solicitar más información, le orientaremos en las posibles soluciones sin ningún tipo de compromiso.