Inspección de Trabajo ha iniciado actuaciones de comprobación del Registro de Jornada

El registro de jornada, en vigor desde mayo de 2019, se implantó con la finalidad de controlar las horas extra que se hacían en las empresas. La norma, no obstante, no especificó cómo debía hacerse dicho seguimiento, dando un amplio margen a las compañías a la hora de escoger el sistema de control más conveniente.Ante esta circunstancia, y ante la posibilidad de que los registros no se correspondieran con la realidad, y por tanto  siguieran ocultos los excesos de jornada, hay que señalar que la Inspección de Trabajo ha iniciado  actuaciones de comprobación de los registros. De hecho, el Ministerio de Trabajo ha revelado que en los seis primeros meses de vigencia de la norma, los inspectores de trabajo abrieron 2.010 expedientes relacionados con el control de jornada, de los que el 21% estaban relacionados con posibles fraudes.

Por otra parte, los tribunales, también han empezado a desempeñar una importante labor a la hora de identificar empresas infractoras, ampliando la protección al trabajador, en esta materia, facilitando la prueba de que se han realizado horas extras a los empleados.

Recientemente un juzgado de Ciudad Real condenó a una peluquería que obligaba a una de sus empleadas a firmar menos horas de las que hacía en realidad. En su sentencia, el juez dio validez al testimonio del resto de los trabajadores de la empresa frente a las manifestaciones de la empresa condenada.

La prueba de las horas extras suele ser uno de los grandes problemas que plantean estos procesos. Frente al rigor de hace unos años, lo cierto es que como decimos,  los tribunales están empezando a relajar las exigencias probatorias a los trabajadores si presentan indicios de fraude. Así, en estos momentos  los tribunales parecen dispuestos a aceptar un amplio abanico de evidencias que sirvan para certificar los excesos en la jornada.

En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León aceptó como prueba del exceso de horas el cuaderno de una cocinera en el que apuntaba, cada día, la hora de entrada y salida del bar en el que trabajaba. Los magistrados otorgaron “plena validez probatoria” a la libreta y, en consecuencia, condenaron al local a abonar más de 7.000 euros a la trabajadora por las 454 horas extras acumuladas.

Otro asunto similar fue el analizado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla – La Mancha en una sentencia dictada hace un par de meses, en la que los magistrados consideraron probado el exceso de jornada, basándose en el testimonio de tres testigos que declararon que el pastor de una finca privada dedicaba a sus ovejas más horas de las estipuladas en su contrato. Al no contar con un sistema de control de jornada, la sala concluyó que los testimonios eran “la única manera que tiene el empleado para probar que realizaba un horario más extenso del acordado”.

Sobre quién debe recaer la obligación de acreditar si se han realizado horas extra es otro de las cuestiones controvertidas para los juzgados, y cada vez con mayor frecuencia hay jueces que invierten la carga de la prueba y ponen esta obligación sobre los hombros de la empresa.

Cuando en estos casos, el Juzgado se muestra favorable a invertir la carga de la prueba,  el trabajador solo necesita aportar “indicios mínimos” del exceso de jornada y será la empresa quien para evitar ser condenada, deberá demostrar que las horas extra, o bien no se realizaron, o bien se compensaron.

Transcurridos seis meses desde la aplicación del registro horario, el Ministerio de Trabajo ha publicado un primer balance de la aplicación de la norma. Así, entre mayo y octubre los inspectores de trabajo abrieron 2.000 expedientes relacionados exclusivamente con el sistema de registro horario.

De esos expedientes, la Inspección ha finalizado ya alrededor de 500 expedientes y, de ellos, 107 han acabado en sanción. Es decir, que solo por su sistema de fichaje han sido multadas el 20% de las empresas inspeccionadas. Además, las sanciones ascienden a los 113.000 euros en total, con una media de 1.000 euros por multa.

Desde la entrada en vigor de la obligatoriedad del registro horario, la cifra de horas extras no remuneradas ha caído un 24%. Así lo revela la encuesta de población activa (EPA) realizada entre julio y septiembre de 2019, que muestra asimismo un ligero ascenso (2%) de las horas extraordinarias remuneradas.