Nuevas declaraciones informativas en el ámbito territorial catalán

El pasado 22 de febrero se publicaron, en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, diferentes órdenes por las cuales se aprobaban cuatro nuevas declaraciones informativas aplicables en el ámbito territorial catalán.

Los nuevos modelos a presentar son los siguientes:

  • Modelo 643 de Declaración informativa anual sobre las transmisiones realizadas por personas que realizan subastas de bienes: Están obligadas a presentar el modelo las personas físicas o jurídicas que realicen subastas de bienes, respecto de las adquisiciones de bienes en que hayan intervenido en calidad de intermediarios por cuenta ajena, cuando el transmitente no actúe en el ejercicio de una actividad económica.

 

    • Modelo 644 de Declaración informativa anual sobre la reventa de bienes muebles: Están obligadas a presentar el modelo las personas físicas o jurídicas dedicadas profesionalmente a la reventa de bienes muebles, respecto a las adquisiciones de bienes previas en que hayan intervenido, tanto por cuenta propia como en calidad de intermediarios por cuenta ajena, cuando el transmitente no actúe en el ejercicio de una actividad económica.

Importante: No tendrán la obligación de presentar la declaración las personas físicas o jurídicas dedicadas a la reventa de vehículos, ya que dichas adquisiciones se encuentran exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados.

  • Modelo 673 de Declaración informativa anual sobre indemnizaciones para pólizas de seguros de vida: Están obligadas a presentar el modelo las entidades aseguradoras autorizadas a operar en el Estado español, incluidas las que ejerzan esta actividad en el Estado español en régimen de libre prestación de servicios desde otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, o en régimen de derecho de establecimiento a través de una sucursal en España. Deberán informar cada una de las indemnizaciones pagadas como consecuencia de las pólizas de seguros de vida contratados por personas residentes en Cataluña.

 

  • Modelo 943 de Declaración informativa anual sobre embarcaciones de crucero turístico: Están obligadas a presentar el modelo las autoridades portuarias de Cataluña, respecto de la información relativa a las embarcaciones de crucero turístico e indicando los datos de la embarcación, del consignatario, del amarre y del número de pasajeros en tránsito.  

 

La presentación de las declaraciones informativas deberá efectuarse entre los días 1 y 31 del mes de marzo del año siguiente, exceptuando la declaración informativa correspondiente a las indemnizaciones para pólizas de seguros de vida que deberá efectuarse entre los días 1 y el 30 del mes de septiembre.

Excepcionalmente, la información a completar en las declaraciones presentadas en el año en curso será la relativa al ejercicio inmediatamente anterior y al ejercicio 2017, que fue cuando se implantó la Ley que establecía la obligación de presentar las citadas declaraciones informativas.