Informe sobre los días de cortesía

Recientemente le recordábamos de la obligación, para determinados contribuyentes, de recibir comunicaciones de Hacienda por medios electrónicos (lo que se entiende por Notificaciones Electrónicas Obligatorias, NEO’s). Asimismo, le destacábamos la imprescindibilidad de consultar de manera periódica el “buzón electrónico”, puesto que, pasados 10 días desde la emisión, se entienden por comunicadas las NEO’s independientemente de que no hayan sido leídas.

Siguiendo con lo anterior, debe conocer también que Hacienda permite solicitar “días de cortesía” durante los cuales no se puede emitir ninguna notificación. Esta opción resulta verdaderamente útil para aquellos que cuentan con periodos muy marcados de alto volumen de trabajo o incluso para ausencias temporales por descansos o vacaciones.

En concreto, puede señalar un máximo de 30 días por año, siempre y cuando lo haga con 7 dias naturales de antelación como mínimo. Lo mismo debe tenerse en cuenta si desea modificar o anular los días seleccionados como tal, es decir, hacer el cambio al menos una semana antes.

No obstante, es importante ser consciente que los periodos de cortesía únicamente le eximen de recibir notificaciones en su transcurso, pero computan como días normales para entenderlas como comunicadas. Es decir, cuando se le deposite una notificación, para entenderla leída Hacienda contará los 10 días hábiles siguientes sin importar si entre estos usted señaló días de cortesía.

Así pues, para llevar a cabo la solicitud deberá:

  1. Acceder a la sede electrónica de la AEAT y seleccionar “Mis notificaciones”.
  2. Seguidamente, deberá entrar en el apartado de Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”, y
  3. registrándose con su certificado electrónico, accederá a un calendario anual donde podrá elegir las fechas que desea marcar como días de cortesía.
  4. Una vez elegidas, tan solo deberá validar la selección y pulsar el botón de “Firmar y enviar”.
  5. Con esta última acción, se generará un documento a modo de resguardo como comprobante de su solicitud (le aconsejamos se lo imprima como justificante en caso de problemas).

Finalmente, le animamos a que se aproveche de esta oportunidad que le permitirá, en épocas de gran volumen de trabajo o simplemente en periodos de vacaciones, asegurarse de que no va a tener que preocuparse y/o estar pendiente de su “Buzón electrónico”.