Anteproyecto de la ley de Igualdad

Entre las novedades de última hora destaca la aprobación, en fecha 3 de marzo de 2006, de un “Anteproyecto de la Ley de Igualdad que garantiza una “presencia equilibrada”, no inferior al 40%, de mujeres en los procedimientos electorales, en los órganos del Gobierno y en los Consejos de Administración de las empresas de más de 250 trabajadores, con obligación de negociar planes de igualdad. En materia laboral las novedades más importantes serán:

  • El reconocimiento de un Permiso de paternidad (independientemente del de la madre) de 8 días por nacimiento, adopción o acogida, que se suma al permiso de 2 días ya vigente o la mejora del mismo establecida por convenio colectivo. Este permiso se podrá disfrutar durante las 16 semanas de la baja maternal. Además, establece el derecho del trabajador/a a adaptar la duración y distribución de su jornada de trabajo o el de la mujer de acumular el permiso de lactancia en jornadas completas. También incorpora el derecho a Reducir la jornada entre un octavo y la mitad por cura de hijos menores de 8 años (antes menores de 6 años) o personas con disminución, así como a disfrutar de las vacaciones anuales fuera del período de incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia y del permiso de maternidad.
  • En el tema Excedencias recoge la posibilidad de disfrutar este periodo de dos años, que antes era de un año, por cura de familiares de manera fraccionada. Reconoce el derecho del padre a disfrutar del permiso de maternidad en caso de muerte de la madre, aunque esta no realizara ningún trabajo, y también la no reducción del permiso de maternidad en caso de muerte del hijo. El permiso de maternidad se amplia dos semanas en caso de nacimiento, adopción o acogida del hijo con disminución. Este derecho se ampliará en dos días más en caso de parto, adopción o acogida múltiple. Reduce a cuatro meses la duración mínima de excedencia voluntaria.
  • También se crea un nuevo Subsidio por maternidad para las trabajadoras que no reúnan el período cotizado mínimo para acceder a la prestación de maternidad. La cuantía de este subsidio será de un 80% del indicador Público de Renda de Efectos Públicos (IPREM) y la duración será de 42 días naturales a contar des de el parto. También se contempla la consideración de período de cotización efectiva los dos primeros años de excedencia por cura de hijos y el primer año de excedencia por cura de familiares.